Inmigrantes sudamericanos que quieran Estudiar en España

Aquel sudamericano cuya venida a España tenga como único o principal fin cursar estudios o realizar trabajos de investigación o formación no remunerados laboralmente, en cualquier centro docente o científico español, ya sea público o privado oficialmente reconocido, se considera estudiante en España y debe realizar los trámites correspondientes a esta categoría para entrar al país.

Éste deberá ser solicitado antes de su llegada a España ante la Misión Diplomática u Oficina consular correspondiente en su país de origen. Para la solicitud habrá que presentar documentación académica que acredite los estudios ya superados. Los extranjeros, a los que no se les exige visado en España por períodos inferiores a 90 días, deberán solicitarlo sólo si la estancia de estudio va a ser superior a este periodo.

Una vez en España el estudiante extranjero deberá solicitar ante la Oficina de Extranjeros, Jefatura Superior o Comisaría de Policía de la localidad donde se encuentre, autorización para su estancia por el tiempo que se determine.

Como estudiante extranjero podrás acceder al sistema público de becas y ayudas en las misma condiciones que los estudiantes españoles.

La tarjeta de estudiante es la tarjeta de identificación de extranjeros estudiantes residentes en España y es la que permite transitar por los países miembros del convenio Schegen sin necesidad de visado a la vez que da fundamento legal a la estancia en España.

La tarjeta se debe solicitar en el plazo de un mes desde la entrada en España y también se le asignará un Número de Identificación de Extranjeros (NIE). Durante el período que no se cuente con la tarjeta no es conveniente salir de España, así se evitarán problemas para volver a ingresar.

La vigencia será de un año o bien se limitará a la duración de los estudios y podrá ser renovada siempre y cuando se reúnan los requisitos o condiciones que motivaron la concesión.

Para la renovación hay que presentar un certificado de la Institución donde se cursan los estudios que demuestre el cumplimiento con el plan de estudios previstos. En el caso de trabajos de investigación será necesaria la presentación de un informe que asegure que se han superado los requisitos para la continuidad de los estudios o investigaciones. La renovación se debe solicitar dentro de los 60 días previos a su vencimiento.

Para solicitar la tarjeta de estudiantes hay que completar la solicitud oficial acompañada de la siguiente documentación:

Pasaporte en vigor y fotocopia.
Visado de estudios o investigación.
Admisión en el establecimiento público o privado reconocido por la Administración pública donde realizará los estudios o los trabajos de investigación. Deberá contar con el plan de estudios, horario de asistencia y especificación de la actividad a realizar.
Si el estudiante es menor de 18 años, necesitará la autorización de los padres o tutores legales para viajar a España y realizar los estudios.
Acreditar los medios económicos para cubrir los gastos de estancia, el coste de los estudios y el regreso a su país una vez concluidos los estudios. Este requisito no será necesario en el caso de ser beneficiarios del sistema público de becas y ayudas.
Seguro médico con la misma vigencia de la autorización de estancia.

Generalmente la concesión del visado de estudios demora un mes. Deberá entrar en España durante la vigencia del visado y, en el caso que la estancia por estudios fuese superior a 6 meses, tendrá que solicitar la tarjeta de estudiante en un lapso de un mes desde la entrada a España.

Al ingresar en España se debe solicitar la autorización de estancia por estudios o tarjeta de estudiante en la Oficina de Extranjeros o Departamento de policía de la provincia donde se realizarán los estudios. Esta autorización no es necesaria para los que cuenten con el visado y la duración de los estudios no superen los seis meses.

Cuando la duración de los estudios o de la investigación supere los seis meses, se requerirá, además certificado médico para verificar que no padece ninguna enfermedad susceptible de cuarentena previstas en el reglamento sanitario internacional.

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