(PD/Agencias).- El Ministerio de Asuntos Exteriores estudia someter a pruebas de ADN a los inmigrantes procedentes de varios países subsaharianos que pretendan ejercer su derecho a la reagrupación familiar.
En una respuesta parlamentaria, el Gobierno explica que la medida sería aplicada por el consulado en Dakar, que tramita las solicitudes de inmigrantes procedentes de seis países africanos, con el fin de combatir los «numerosos intentos de fraude» que los funcionarios constatan diariamente. La prueba de ADN ya es aplicada por los consulados en China y en Nigeria.
Los extranjeros que residen legalmente en España desde hace al menos un año tienen derecho a solicitar el permiso de residencia, por reagrupación familiar, para su cónyuge, sus descendientes menores y sus ascendientes dependientes.
Para ello sólo deben solicitar una autorización en la subdelegación del Gobierno en su provincia. Con esa autorización en la mano, sus familiares pueden pedir un visado en el consulado español más cercano a su residencia en el país de origen.
Pero la ejecución de ese derecho, que aparece recogido en la Ley de Extranjería y en el Reglamento que la desarrolla, no es automática. La misma Ley establece que si los funcionarios del consulado «llegaran al convencimiento de que existen indicios suficientes para dudar de la identidad de las personas, de la validez de los documentos o de la veracidad de los motivos alegados para solicitar el visado, se denegará su concesión de forma motivada».
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