Víctor Cubas Villanueva: “A Fujimori le corresponde 25 años de cárcel”

Víctor Cubas Villanueva: “A Fujimori le corresponde 25 años de cárcel”

En 1993, en plena dictadura, Víctor Cubas Villanueva fue el primer fiscal que denunció a los miembros de «Colina» por el caso La Cantuta. Hoy es titular de la Primera Fiscalía Penal Nacional.

Por Ángel Páez
Foto: Claudia Alva

–Fujimori no torturó, ni secuestró, ni disparó a nadie. ¿Aun así es posible atribuirle al ex presidente responsabilidad por los crímenes del Grupo Colina?

–No habrá intervenido directamente en los actos ilícitos, pero los hechos fueron consumados por miembros de una organización que se estableció especialmente para esos fines. Hay evidencias que determinan que Fujimori no sólo tenía conocimiento de tales actos sino que dio las órdenes para la consumación de esos ilícitos.

–¿Los asesinos no actuaban por su propia voluntad sino que respondían a las directivas de una organización?

–Exactamente.¿Qué razones personales podrían haber tenido los integrantes del comando operativo para ingresar en La Cantuta, actuar como en su casa, sustraer a los estudiantes y luego ejecutarlos? Ellos cumplieron las acciones como parte de un plan elaborado previamente y acataron estrictamente las órdenes.

–La Corte Suprema de Chile atribuye a Fujimori la autoría mediata de los crímenes. ¿Es novedoso ese concepto en la jurisprudencia peruana?

–No, se ha aplicado desde hace varios años. La Sala Penal Nacional la aplicó para el caso de Abimael Guzmán, quien tampoco secuestró, desapareció ni disparó.

–Ante la justicia chilena, la defensa del ex jefe de Estado afirmó que este era un completo ignorante en temas militares y de inteligencia y por lo tanto desconocía la actuación de Colina. ¿Le resultará fácil a Fujimori demostrar que no sabía nada sobre la existencia y operatividad del grupo de aniquilamiento?

–En los juicios penales, en general, el procesado casi siempre sostiene que ignoraba los hechos. Pero ese, definitivamente, no es el mejor medio para defenderse. Decir que uno ignoraba los delitos no puede ser el fundamento para una sentencia absolutoria o el fundamento del inculpado para acreditar su irresponsabilidad por los hechos. Ese tipo de afirmaciones de ignorancia pueden ser desmentidas por otros elementos probatorios, como en el caso de Fujimori. Si bien la declaración de un procesado es importante, no es decisiva para que los jueces adopten una decisión. El ex presidente sostiene que no sabía absolutamente nada de nada y eso no es cierto. Haciendo sólo un recuento de los hechos se puede rebatir la presunta ignorancia de Fujimori.

–¿A partir del testimonio de los colaboradores eficaces?

–También hay evidencia documental. Fujimori organizó una institución desde la cual se planificaron hechos ilícitos que luego se ejecutaron. Modificó toda la legislación del Sistema Nacional de Inteligencia que permitió la formación del destacamento especial del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE) conocido como «Colina».

–¿El objetivo de ese cambio fue concentrar el control de los organismos de inteligencia militar en el presidente y su asesor Vladimiro Montesinos?

–Exactamente. El Sistema Nacional de Inteligencia dependía de la Presidencia del Consejo de Ministros y se encontraba bajo fiscalización. Fujimori sacó el sistema del despacho de la PCM y lo puso a órdenes de la Presidencia de la República. Y le dio plenos poderes al jefe del Servicio de Inteligencia Nacional, que en la práctica ese papel lo cumplió Montesinos durante todo el gobierno. Por otro lado, se introdujo el concepto de inteligencia operativa, que es el sustento de la nueva estrategia para enfrentar al terrorismo a partir de 1991 y en cuyo contexto se produjeron los casos Barrios Altos y La Cantuta, entre otros.

–Fujimori dice que no sabía nada…

–Cuando ocurrieron los casos de Barrios Altos y La Cantuta, y estos hechos fueron públicos, en un estado de derecho Fujimori pudo haber promovido una investigación y la sanción correspondiente por violación de los derechos humanos. Pero no fue así, sino todo lo contrario. Cuando Henry Pease citó al general Nicolás Hermoza, al día siguiente este sacó los tanques. Y se rechazó la presencia de Montesinos alegando que ya estaba citado por el fuero militar. Hubo intimidación y obstaculización para esclarecer los hechos.

–Al igual que Fujimori, Montesinos afirma que desconocía la existencia del Grupo Colina. Pero el ex asesor también señala que varios delitos los cometió por órdenes del ex presidente. ¿Esta contradicción no requiere un careo entre Fujimori y Montesinos?

–Si uno admite haber realizado actividades no por decisión propia sino por mandato de su jefe, y este afirma que no fue así, que no sabía nada de nada, entonces es necesario que se efectúe esa diligencia para aclarar las versiones.

–Los fujimoristas cuestionan al Poder Judicial porque utiliza las declaraciones de colaboradores eficaces para imputar delitos al ex mandatario, alegando que las mismas autoridades desacreditaron a los terroristas arrepentidos que actuaron durante el régimen de Fujimori. ¿Es válida la comparación?

–Fujimori fue uno los primeros en introducir la colaboración eficaz mediante la modalidad de arrepentimiento o delación. Pero el instrumento legal lo usó muy mal. Bastaba con el dicho del arrepentido para acusar de terrorista a una persona. No se verificaba si lo que decía era verdad o no. En cambio, la Ley de Colaboración Eficaz dice: la información no tiene valor si no está contrastada y verificada. Además, el colaborador no solo proporciona versiones sino documentos probatorios.

–¿Qué delitos habría cometido Fujimori en La Cantuta y Barrios Altos y cuántos años de prisión le correspondería?

–Según el fallo de la Corte Suprema de Chile, al ex presidente se le debe procesar por el delito de homicidio calificado y por lesiones graves. Como los hechos ocurrieron entre 1991 y 1992, la pena que correspondería es no menor de 15 de años y puede alcanzar hasta los 25 años.

–Sin embargo, a Fujimori se le atribuye la condición de autor mediato. ¿Esta figura podría influir en la disminución del número de años de condena?

–No.

–¿La justicia peruana está en condiciones de condenar al ex presidente?

–Una demostración de la actuación de la justicia es el procesamiento por los casos de violaciones de derechos humanos y de corrupción que se han llevado a cabo y que han concluido sancionando a personas que desde las más altas esferas del poder han cometido delitos. Sí, estoy seguro de que habrá un proceso con todas las garantías y que al final los jueces harán la determinación judicial de la pena que corresponde.

–Se lo pregunto de otra forma: ¿sería capaz la justicia peruana de absolverlo?

–Por alguno de los siete casos por los que ha sido extraditado, es probable una absolución. Es una eventualidad.

–Pero Ud. se refiere a los delitos de corrupción. ¿Y el homicidio calificado?

–No. En ese caso hay evidencias suficientes de responsabilidad del ex presidente. Son pruebas indirectas, pero demuestran una sucesión de hechos, lógicamente concatenados. Fujimori afirma que no conocía los hechos que cometió «Colina», pero sí estuvo informado de que esos hechos se produjeron. Además, adoptó acciones tendientes a conseguir impunidad para los autores. Primero permitió que el caso pasara al fuero militar a pesar de que se trataba de violaciones de derechos humanos. Y luego aprobó la amnistía para los responsables. Todo esto está documentado.

–Montesinos ha dicho que sólo cumplió órdenes presidenciales y ha rechazado vincular a Fujimori con el caso Colina. ¿Se decidirá Montesinos a hablar contra Fujimori en el juicio?

–Es una posibilidad. Porque de todas maneras van a tener que compartir responsabilidades. Uno no va a querer asumir las responsabilidades del otro.

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Autor

Paul Monzón

Redactor de viajes de Periodista Digital desde sus orígenes. Actual editor del suplemento Travellers.

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