(PD).- Los hijos de los inmigrantes bolivianos ya no pueden obtener la nacionalidad española de origen, que se reconoce por el mero hecho de nacer en el país, según una circular de la Dirección General de los Registros y del Notariado. En ella se especifica que «no se resolverán favorablemente» los expedientes incoados para este fin, al igual que ocurrió a principios de año con los hijos de ecuatorianos y chilenos.
El razonamiento de la dirección general es el mismo que entonces: se ha producido un cambio legislativo en Bolivia, por el que el país reconoce como nacionales a los hijos de sus ciudadanos, independientemente del lugar donde hayan nacido y sin necesidad de desplazarse al país o a una sede consular para inscribirse en registro alguno.
En la actualidad, el Código Civil reconoce que son españoles de origen «los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad».