Cobrarán 8.979,60 euros al año, incluidas dos extras

El sueldo de la empleada de hogar será de al menos 635 €

Casi 700.000 personas se dedican en España a esa actividad

El sueldo de la empleada de hogar será de al menos 635 €
Empleada de hogar. PD

El descanso entre jornadas deberá ser de 12 horas, en lugar de las 10 actuales

A partir del 1 de enero de 2012 las trabajadoras del hogar deberán cobrar en metálico el Salario Mínimo Interprofesional anual: 8.979,60 euros, incluidas dos extras; es decir, 635 euros al mes.

El Gobierno español aprobó este 11 de noviembre de 2011 un decreto que «dignifica» el trabajo doméstico y aflorará 150.000 empleos sumergidos, según el ministro Valeriano Gómez.

El Ejecutivo ha puesto sobre el papel el acuerdo al que llegó con los sindicatos el pasado verano y que da cumplimiento al Acuerdo Social y Económico (ASE) del pasado febrero, firmado también con la patronal.

La nueva regulación, que sustituye a la vigente desde 1985, complementa al decreto del pasado día 4 que integra el régimen especial de las empleadas del hogar -618.300 de las 686.100 personas que se dedican a esta actividad, según la Encuesta de Población Activa (EPA), son mujeres- en el régimen general de la Seguridad Social.

Se trata, dijo Gómez tras el Consejo de Ministros, de un «avance en derechos» para estas trabajadoras y de una norma redactada «en términos equilibrados y asumibles por las familias» que las emplean.

Como explica B.P. Ramírez en el diario ‘El Mundo’, el decreto exige el pago en metálico del sueldo, del que no podrá hacerse ningún descuento por manutención o alojamiento, como retribución en especie. Si ésta existe, no superará el 30% del salario. Antes podía alcanzar el 45%. Ese sueldo, además, se revalorizará según lo acuerden el empleador y la trabajadora, o bien aumentará tanto como lo haga la media de los convenios colectivos de ese año.

El contrato tendrá que ser por escrito -hasta ahora bastaba un acuerdo verbal- y la contratación se realizará directamente o a través de los servicios públicos de empleo o de las agencias de colocación autorizadas.

Aunque se mantiene el desistimiento -la familia no está obligada a alegar un motivo para despedir- como causa de extinción del contrato, éste debe comunicarse ahora de forma expresa. Y se eleva de siete a 12 días por año la indemnización que debe recibir la trabajadora en caso de despido; es decir, la cantidad que percibe un contratado temporal. Lo que no han conseguido, por el momento, las empleadas de hogar es protección por desempleo.

El decreto prevé únicamente que se cree un grupo de expertos para elevar propuestas sobre una futura prestación, que no será realidad hasta 2013.

El Gobierno también ha modificado los horarios de trabajo. El descanso entre jornadas deberá ser de 12 horas, en lugar de las 10 actuales -sólo se podrán mantener ese intervalo reducido si la trabajadora pernocta en el domicilio del empleador, pero éste tendrá que compensarle las dos horas de diferencia-.

El tiempo que la empleada pase en ese domicilio aun sin prestar un trabajo efectivo tendrán que pactarlo las partes, aunque no podrá ser superior a 20 horas semanales en un mes y deberá respetar la jornada máxima de 40 horas a la semana. Además, ese tiempo se retribuirá como si fueran horas extraordinarias o compensarse con descansos.

Valeriano Gómez confía en que la nueva regulación haga aflorar parte del empleo sumergido en este sector, incluso en plena crisis.

Pese a reconocer que en épocas de depresión económica «siempre» cae el número de afiliados a la Seguridad Social entre los empleados domésticos -55.000 entre 1992 y 1994, aseguró-, destacó que haya habido 30.000 altas más durante la crisis actual.

Según las cifras que maneja UGT, de las 686.100 personas dedicadas a las tareas domésticas en España, sólo 297.257 está afiliadas a la Seguridad Social. Y de ellas, 182.774 son extranjeras.

«Un empleo, por tanto, desempeñado fundamentalmente por mujeres y, en particular, por mujeres extranjeras», destaca el sindicato, que atribuye, en parte, el bajo nivel de afiliación a que la ley no exija que el empleo inferior a 80 horas mensuales cotice a la Seguridad Social.

 

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