La Corte Suprema de México declara constitucional la adopción y el matrimonio de parejas homosexuales

La Corte Suprema de Justicia de México declaró este lunes constitucional el derecho de las personas homosexuales a contraer matrimonio y a adoptar hijos en el Distrito Federal.

El fiscal general de la República, Arturo Chávez Chávez, había presentado un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 391 del Código Civil del Distrito Federal, que fue aprobado en diciembre de 2009 por la Asamblea del Distrito Federal y que legaliza los matrimonios entre personas del mismo sexo en la capital mexicana.

Con nueve votos a favor y dos en contra, el pleno de la Corte Suprema avaló la ponencia realizada por el magistrado Sergio Valls, que rechazaba el recurso presentado por el fiscal y reconocía el derecho de los matrimonios homosexuales a adoptar menores de edad, informaron los medios locales.

A lo largo del debate y la votación los jueces favorables a la constitucionalidad de la ley hicieron énfasis en que ya estaban reconocidos como legales los matrimonios entre personas del mismo sexo y, por lo tanto, si la adopción es un derecho de cualquier matrimonio, sería discriminatorio negar a gays y lesbianas la posibilidad de adoptar.

Sólo dos jueces, Sergio Aguirre Anguiano y el presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia, manifestaron su voto en contra del proyecto elaborado por Valls.

Aguirre Anguiano recordó durante el debate que hay estudios de instituciones públicas y privadas que constatan que existen riesgos para los niños que crecen en familias con padres homosexuales, informó la agencia estatal Notimex. Un argumento que fue rebatido por el magistrado Arturo Zaldívar, quien dijo que no hay estudios en México que así lo acrediten.

En su recurso, el fiscal general de México argumentaba que la legalización de los matrimonios entre homosexuales violentaba la Constitución del país que, en su opinión, protege un modelo de familia sustentado en la base, únicamente, de hombres y mujeres.

Durante su intervención, previa a la votación, la jueza Margarita Luna Ramos, en declaraciones recogidas por el diario ‘La Jornada’, expuso que la adopción de un hijo no puede estar sujeto a cuestiones de género sino de personas, independientemente de su credo o preferencia sexual, pues ello no es factor que «garantice su felicidad».

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