La Audiencia considera que la acusada colaboró en la muerte de su hijo llevándole a casa de su amigo, dejándole a su merced durante la noche mientras ella se divertía
La Audiencia de Barcelona ha condenado a 18 años de prisión a la madre de un bebé de nueve meses, al que desatendió y se fue de fiesta dejándolo al cuidado de un amigo, que asesinó al niño y que ahora ha sido condenado también a 17 años de cárcel.
En la condena de la mujer, Yasmina F.N., de 18 años, el jurado ha apreciado la circunstancia de agravante de parentesco, mientras se la absuelve de los delitos contra la salud pública, lesiones y violencia física que se le imputaban.
Al otro acusado, Antonio F.P. se le condena a 17 años de prisión por la muerte de la criatura, ocurrida el 19 de enero del año 2008, pero se le absuelve de dos faltas de lesiones y del delito de violencia física habitual.
La sentencia precisa que también se absuelve a otras tres personas imputadas en este mismo caso, relacionadas con la madre del bebé fallecido y con el autor de la muerte del mismo, del delito de violencia física habitual que se les imputaba por parte de la acusación popular de la Generalitat.
El bebé murió presuntamente debido a los fuertes golpes que le propinó Antonio F., si bien la Fiscalía acusó también a la madre de colaborar en el asesinato del niño, al dejarlo «a su merced durante la noche mientras ella se divertía», a sabiendas de que éste «no ofrecía las mínimas condiciones personales que garantizaran la seguridad de su hijo».
En la sentencia se considera que «la autoría de la acusada ha resultado a todas luces patente, y así lo ha valorado el jurado por unanimidad», y a cuyos miembros «no les ha debido pasar por alto la frialdad y distanciamiento de Yasmina en su interrogatorio, respondiendo a preguntas sobre un hecho de tanta gravedad, siendo la víctima su propio bebé».
El jurado ha valorado «como de capital importancia», se añade, que la noche en la que falleció el niño, Yasmina volviera al domicilio en dos ocasiones y viera al niño en la cuna y se fuera «despreocupadamente» otra vez de fiesta sin reparar en su estado, «cuya gravedad resultaba a todas luces evidente».
El autor material de la muerte del bebé fue Antonio F., indica la sentencia, al haberle golpeado en la cara, cuello y cabeza, sacudiéndolo o golpeándolo con gran violencia, hasta provocarle el traumatismo craneoencefálico que acabó con su vida.
El bebé nació en Zaragoza en abril de 2007 y, durante los primeros meses de vida, vivió con su madre en el domicilio de la abuela materna y su pareja, que se ofrecieron a proporcionar al bebé los cuidados necesarios, aunque la acusada decidió abandonar el hogar familiar en el mes de septiembre.
Yasmina F. se alojó entonces en el domicilio de su hermanastra, donde permaneció unos meses, negándose a asumir las responsabilidades familiares y laborales que ésta le requería, por lo que la acusada acabó trasladándose al domicilio de su padre, desatendiendo la higiene y cuidados de su hijo.
Preocupada por el estado de su nieto, la abuela del bebé y su compañero sentimental comunicaron la situación a los asistentes sociales del Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú (Barcelona), donde vivían Yasmina y el niño.
Los servicios sociales abrieron entonces un expediente de protección en octubre de 2007, aunque la acusada no acudió a la cita previa ni se puso en contacto con ellos.