Desde 2010 había versiones de que podrían separarse legalmente para salvar la prohibición que la Constitución de la República presenta para que familiares de un mandatario sean candidatos presidenciales
A pesar de que se especulaba con ella, la solicitud de divorcio del presidente de Guatemala, Álvaro Colom, y la primera dama, Sandra Torres de Colom, tuvo un elemento de sorpresa.
Desde 2010 había versiones de que podrían separarse legalmente para salvar la prohibición que la Constitución de la República presenta para que familiares de un mandatario sean candidatos presidenciales.
Tras seis años de relación sentimental, la pareja se casó en 2003 (para ambos eran sus segundas nupcias). Juntos fundaron la oficialista Unión para la Esperanza (UNE) y juntos, también, celebraron la victoria de él en las elecciones presidenciales de 2007.
Cuando la candidatura de Torres se anunció el 14 de marzo para participar en los comicios del 11 de septiembre, Colom reiteró que el divorcio era innecesario, según sus abogados.
Sin embargo, después de conocerse que Colom y Torres plantearon una demanda de divorcio en el Juzgado Segundo de Familia de la capital guatemalteca el 11 de marzo, la gestión les abrió otro frente legal, uno que cuestiona si el divorcio -en estas circunstancias- es legal.
El abogado y periodista guatemalteco Eduardo Valdizán le dijo a BBC Mundo que «existen varios hechos graves que generan dudas enormes» respecto a la noticia.
«Ellos [Colom y Torres] han aparecido públicamente como un matrimonio que está bien; el presidente Colom lo ha manifestado en varias ocasiones y ahora, sorpresivamente, presentan una demanda de divorcio que podría constituir una simulación», comentó.
¿Sustento legal?
Valdizán explicó que si el divorcio no tiene otro propósito específico más que hacer viable una candidatura presidencial, el caso es «grave» porque la simulación se hace frente a un juez (en este caso, Mildred Roca).
Colom y Torres deben hacer el trámite personalmente porque las leyes guatemaltecas permiten el uso de mandatarios sólo si los demandantes están fuera del país, según la abogada y ex magistrada de la Corte de Constitucionalidad (CC), Alma Quiñónes, le dijo a BBC Mundo.
Además, la abogada agregó que, a partir de la presentación de la demanda de divorcio, los demandantes no deben vivir juntos.
Por ahora, la pareja presidencial tiene dos caminos, de acuerdo con Valdizán: admitir que el matrimonio no era estable, y que sí existen causas reales de divorcio, por un lado, o «salir en descaro total, a decir que esta era la única forma en que la candidatura era viable», por otro lado.
Lo primero implicaría mentirle a un juez. Lo segundo, carece de asidero legal en los artículos del Código Civil de Guatemala que rigen el divorcio, según el abogado.
Casi siete horas luego de trascender la noticia del divorcio Torres-Colom, el secretario general del partido oficial Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), Jairo Flores, anunció en la sede de la UNE que «para evitar el manoseo» político de instituciones como la CC, Torres y su esposo «tomaron la muy difícil decisión de finiquitar su lazo legal».
En otras palabras, dijo que pidieron el divorcio para evitar que la CC deba decidir sobre la candidatura de Torres, pese a que optar a un cargo de elección popular no figura entre las causas de divorcio en el Código Civil.
Antecedentes sin consecuencias
Ésta es la segunda vez desde 1989 en que una primera dama tiene aspiraciones presidenciales. Hace 12 años, Raquel Blandón (esposa del mandatario Vinicio Cerezo) optó a la primera magistratura, pero la CC rechazó su candidatura bajo el argumento del parentesco.
Sin embargo, este caso no pesa como precedente legal en el caso de Torres, menos aún si ella se divorcia del presidente Colom.
Quiñones explicó que la consulta a la CC no es obligatoria. Una vez que Torres sea inscrita como candidata y el Tribunal Supremo Electoral la reconozca como tal, un tercero puede presentar un recurso de amparo contra la candidatura ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y, si la decisión de la CSJ es impugnada, el caso podría llegar a la CC.
Mientras tanto, Flores insistió en que la Constitución de la República le da a Torres el derecho a ser elegida y no respondió a preguntas de la prensa después de anunciar el motivo del divorcio.
Quiñones dijo que cuando ambos cónyuges están de acuerdo, hay sentencias de divorcio que pueden pronunciarse una semana o 15 días después de la audiencia cuando se fija en una junta conciliatoria, o en la audiencia misma.
No obstante, Valdizán afirmó que aún si la pareja presidencial pide el divorcio por mutuo acuerdo, «debe esgrimir una causa en el memorial de demanda, porque el matrimonio es una institución social que la ley [guatemalteca] protege». El abogado advirtió que habría que establecer qué se invocó (por escrito) como causa de divorcio.
Si la separación legal y la candidatura de Torres no son impugnados, competirá por la presidencia representando a la alianza UNE-GANA (Gran Alianza Nueva Nación, que gobernó el país entre 2004 y 2008).