Dictadura en Venezuela

Venezolanos dan una oportunidad al chavismo en Madrid: entregan la Ley de Amnistía de Guaidó

Un grupo de ciudadanos han llevado el documento al consulado de Venezuela para buscar una transición pacífica

Venezolanos dan una oportunidad al chavismo en Madrid: entregan la Ley de Amnistía de Guaidó
Manifestación en el Consulado de Venezuela

Nueva manifestación en el Consulado de Venezuela en Madrid. Un grupo de ciudadanos venezolanos han entregado la Ley de Amnistía impulsada por el presidente interino Juan Guaidó a los funcionarios públicos de la dictadura de Nicolás Maduro, con el objetivo de que se apeguen al proceso de transición democrático que tiene por finalidad convocar a unas elecciones presidenciales en las que se cumplan con las condiciones mínimas de transparencia y objetividad. (Amnistía Internacional rechazó ataques de militares a las comunidades indígenas en Venezuela)

La Ley de Amnistía cuenta con la firma y sello del Palacio Federal Legislativo (sede de la Asamblea Nacional en Caracas).El documento se respalda en el artículo 187 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que consiste en excluir un hecho delictivo o una infracción de lo jurídicamente relevante, impidiendo al Poder Público en general intervenir y aplicar el derecho que los sanciona, extinguiendo cualquier otro efecto jurídico que se haya materializado como consecuencia o en relación a situaciones determinadas de especial trascendencia, con la finalidad de restablecer la paz social y democrática y la concordia nacional. (Informe de Amnistía Internacional sobre Venezuela: Ejecuciones extrajudiciales, allanamientos ilegales y torturas)

La Ley de Amnistía y de reconocimiento de todas las garantías de reinserción democrática para los funcionarios civiles y militares que colaboren en la restitución del orden constitucional en Venezuela consta de seis artículos.


El artículo primero expone que se decreta la aminstía para todos los civiles, militares y demás funcionarios identificados como presos, perseguidos o exiliados desde el 1 de enero de 1999, estableciéndose esta y otras garantías a civiles y militares que contribuyan a la defensa de la Constitución. El artículo segundo, en base al primero, pronuncia que la amnistía produce la extención de responsabilidades civiles, penales, administrativas, disciplinarias o tributarias mediante procesos de investigación llevados a cabo desde el 1 de enero de 1999; y el artículo tercero concede todas las garantías constitucionales en favor de todos aquellos funcionarios civiles y militares que colaboren en la restitución de la democracia y el orden constitucional en Venezuela. Estos tres primeros artículos se sujetan a los artículos 333 y 350 de la Constitución de Venezuela.

El artículo cuarto concede amnistía a las personas que se encuentren detenidos, perseguidos o en exilio por razones políticas, sujetándose al artículo 29 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. El artículo quinto impone sanción a aquellos funcionarios que no cumplan lo establecido a la Ley, así como que será competentes los Tribunales Penales Ordinarios y Militares. Por último, el artículo sexto manifiesta que la Ley de Amnistía será publicada en los medios de divulgación que determine la Asamblea Nacional, debido a la imposibilidad de acceder a la Gaceta Oficial debido al régimen de facto que impera en Venezuela.

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